Diputados aprobó la extracción compulsiva de ADN
“Serán admisibles mínimas extracciones de sangre, saliva, piel y cabello u otras muestras biológicas”. No obstante, se establece que la extracción debe ser "practicada del modo menos lesivo para la persona y sin afectar su pudor, teniendo especialmente en consideración su género y cualquier otra circunstancia en particular".
La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto del Poder Ejecutivo que permite la obtención compulsiva del Acido Desoxirribonucleico en los casos de apropiación de niños en la pasada dictadura militar. La iniciativa fue aprobada por 154 votos afirmativos, contra 32 negativos, en tanto que se registraron 14 abstenciones Elisa Carrió afirmó que es una ley dirigida a la titular del Diario Clarín Ernestina Noble. “Los hijos de Ernestina Herrera de Noble son nuestros hijos, señaló oportunamene "Lilita", lo que desato la polémica con Abuelas de Plaza de Mayo. Marcela y Felipe Noble son sospechados de ser hijos de desaparecidos.
Autor: RICARDO MANGANO - Fuente: Urgente24
La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado un proyecto del Poder Ejecutivo, que faculta a la Justicia a la extracción compulsiva de ADN para identificar hijos y nietos de personas desaparecidas
La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado un proyecto del Poder Ejecutivo, que faculta a la Justicia a la extracción compulsiva de ADN para identificar hijos y nietos de personas desaparecidas
La iniciativa fue aprobada por 154 votos afirmativos, contra 32 negativos, en tanto que se registraron 14 abstenciones. La presidenta de la comisión de Legislación Penal, Nora César, defendió el proyecto y afirmó que la norma responde a "una solución amistosa del Estado argentino con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)", respecto de garantías sobre derechos humanos, y que apunta a "respetar la integridad física de las presuntas víctimas".
Para la legisladora K, quien debió cortar en más de una ocasión su discurso por la emoción, la ley tiene como objetivo central "averiguar la verdad" en el marco de los procesos penales por delitos de lesa humanidad, ocurridos "la última dictadura del siglo pasado".
Para la legisladora K, quien debió cortar en más de una ocasión su discurso por la emoción, la ley tiene como objetivo central "averiguar la verdad" en el marco de los procesos penales por delitos de lesa humanidad, ocurridos "la última dictadura del siglo pasado".
La embestida opositora la hizo la diputada de la Coalición Cívica Fernanda Gil Lozano, que defendió la postura de la jefa de la CC-ARI, Elisa Carrió, en contra de la reforma, y planteó reenviar la iniciativa a comisión para buscar mayor consenso.
"Me niego a que en aras de los derechos humanos se violen los derechos humanos", dijo Gil Lozano al considerar que la ley tiene un sentido compulsivo sobre los derechos de las víctimas, tras hablar de dos casos en los que se habría vulnerado la individualidad de las supuestas víctimas por parte de la justicia.
La ex lopezmurphysta Nora Ginzburg mantuvo un cruce con militantes de los derechos humanos, como la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, y cuestionó el proyecto oficialista, según consignó Télam.
"Esto es fascismo. Las víctimas no tienen más derecho por el solo hecho de ser víctimas", afirmó al rechazar la iniciativa, tras poner como ejemplo el caso de una persona adoptada que se enteró por medio de un funcionario judicial de su condición.
La ley
Se trata de los nuevos procedimientos para la extracción de ADN en los casos de apropiación de niños durante la última dictadura; además de adecuar a los “estándares internacionales” el delito de calumnias e injurias para garantizar la libertad de expresión.
La iniciativa es parte de los compromisos asumidos por el Estado argentino y refrendadas en una “solución amistosa” ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La extracción de ácido desoxirribonucleico (ADN), responde a un pedido de Abuelas de Plaza de Mayo, luego de que en junio pasado la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal impidiera a los Organismos de Derechos Humanos ser querellantes en la causa ESMA.
La norma establece que un “juez podrá ordenar la obtención de ADN del imputado o de otra persona, cuando ello fuere necesario para su identificación o para la constatación de circunstancias de importancia para la investigación”.
“Serán admisibles mínimas extracciones de sangre, saliva, piel y cabello u otras muestras biológicas”. No obstante, se establece que la extracción debe ser "practicada del modo menos lesivo para la persona y sin afectar su pudor, teniendo especialmente en consideración su género y cualquier otra circunstancia en particular".
El texto del proyecto también establece que “si el juez lo estimara conveniente podrá ordenar la obtención de ADN, por medios distintos a la inspección corporal, como el secuestro de objetos que contengan ya desprendidas del cuerpo, para la cual podrá ordenar el registro domiciliario o la requisa personal”.
En ningún caso regirán las prohibiciones del artículo 242 del Código Procesal Penal, donde se establece que “no podrán testificar en contra del imputado, bajo pena de nulidad, su cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del testigo o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el imputado”.
Asimismo la Facultad de abstención del artículo 243 donde se afirma que “podrán abstenerse de testificar en contra del imputado sus parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; sus tutores, curadores y pupilos, a menos que el testigo fuere denunciante, querellante o actor civil o que el delito aparezca ejecutado en su perjuicio o contra un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el imputado.
Asimismo la Facultad de abstención del artículo 243 donde se afirma que “podrán abstenerse de testificar en contra del imputado sus parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; sus tutores, curadores y pupilos, a menos que el testigo fuere denunciante, querellante o actor civil o que el delito aparezca ejecutado en su perjuicio o contra un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el imputado.
Hace 15 días, Elisa Carrió, fustigó al Gobierno y despotricó contra Néstor Kirchner. “Los hijos de Ernestina Herrera de Noble son nuestros hijos", sentenció Lilita al hablar de la disputa entre el Gobierno y el Grupo Clarín, en la que se reflotó la causa judicial que investiga si los hijos de la viuda de Noble fueron apropiados durante la dictadura. "Que investigue la Justicia y sea imparcial", sentenció Carrió, que acusó al kirchnerismo de utilizar " la política de Derechos Humanos para presionar a un grupo económico", como es el Grupo Clarín. "Esto es fascismo puro", acusó
La primera noticia sobre el tema apareció en Crítica de la Argentina en su edición del 6/07/2009. Aludía a las declaraciones de José Pirillo, ex dueño del diario La Razón. Ahí podía leerse bajo el título “José Pirillo declaró en la causa. Videla hizo gestiones por los hijos de Ernestina Noble”, el siguiente párrafo: “El ex dueño del diario La Razón, José Pirillo, declaró ante la Justicia que en 1985 el actual titular CEO de Clarín, Héctor Magnetto, le dijo que fue quien ‘hizo la gestión para que (Jorge) Videla le consiguiera los chicos’ a Ernestina Herrera de Noble.
El testimonio se sumó a la causa que desde hace siete años duerme sin definir si los hijos adoptivos de la dueña del multimedios son hijos de desaparecidos.
Lu versión aparece en momentos en que las querellas intentan evitar que los análisis para develar la verdadera identidad de Marcela y Felipe Noble Herrera. La ley de ADN compulsivo, también.
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