Un fallo autoriza a no usar cascos ni cinturones de seguridad
El juez cordobés Carlos Gigena eximió de pagar una multa a dos motociclistas que no usaban casco. Alegó que el uso de ese tipo de protecciones es un derecho individual que no afecta a terceros y fundamentó su decisión en el fallo de la Corte Suprema que avala el consumo personal de estupefacientes.
El juez cordobés Carlos Gigena eximió de pagar una multa a dos motociclistas que no usaban casco. Alegó que el uso de ese tipo de protecciones es un derecho individual que no afecta a terceros y fundamentó su decisión en el fallo de la Corte Suprema que avala el consumo personal de estupefacientes.
Dos personas que fueron multadas por circular en moto sin llevar casco fueron eximidas de la sanción, tras haber presentado un descargo en el que plantearon la presunta inconstitucionalidad de esa exigencia.
El episodio se generó en Santa Rosa de Calamuchita, donde el juez municipal de Faltas, Ricardo Gigena, aceptó el descargo de dos personas que habían sido sancionadas por inspectores municipales por circular en moto sin casco, el 8 de octubre pasado, según informó la Voz del Interior.
En su defensa, Ariel Dimasi y Juan Fullana, ambos domiciliados en la provincia de Buenos Aires, solicitaron la no imposición de la multa amparándose en un fallo por otra causa diferente de la Corte Suprema de Justicia, conocido meses antes.
"No corresponde toda vez que como personas mayores de edad tenemos el derecho de elegir si usamos o no el casco. Si se permite la tenencia de estupefacientes para consumo propio, fundado en un acto privado amparado por la Constitución Nacional, también tenemos el derecho a elegir si usamos el caso o el cinturón de seguridad.
Es un derecho personalísimo y privado que no afecta derecho de terceros", expusieron en su escrito.
Con la misma línea argumental que el caso que llegó a la Corte, el juez de Faltas de Santa Rosa admitió el criterio de la libertad individual, la protección de la privacidad y la no afectación a terceros, por sobre la ordenanza que exige el uso de casco.
"El uso del casco o cinturón de seguridad en personas mayores comprende la intimidad, la conciencia, el derecho de disponer de sus actos, de su obrar, de su propio cuerpo, de su vida, en ejercicio de su libertad", expresó un párrafo de la resolución firmada por Gigena.
1 comentario:
Realmente es una verguenza tener jueces tan inutiles en nuestro pais, que 2 idiotas anden sin casco y quieran evitarse una multa con un amrgumento tan absurdo da bronca, ahora que encima encuentren un juez tan inoperante como este señor Gigena, que les haga caso da ganas de ponerse a llorar. Yo quiero ver si atropellan a alguien en moto y porq esa persona no usaba casco muere en el accidente a ver si no afecta a terceros! Por jueces inutiles, faltos de criterio y moral es q estamos como estamos.
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