12/9/10

JUSTICIA - CONDENA POR FRAUDE INFORMÁTICO

Confirman el procesamiento de dos personas
Es por el delito conocido como “phishing”. Los imputados obtuvieron a través de un sitio paralelo datos de una cuenta bancaria y transfirieron dinero sin el consentimiento de su titular. El delito fue incorporado al Código Penal en el 2008.


La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de dos personas imputadas por fraude, a raíz del uso de la técnica de manipulación informática conocida como “phishing”.


A los acusados se les imputa haber llevado a cabo maniobras de fraude mediante la técnica de manipulación informática conocida por “phishing” -página paralela-, por la que obtuvieran los datos necesarios –código de transferencia y número de tarjeta de crédito- para poder operar en las cuentas bancarias de otra persona y así efectuar dos transferencias de 780 y 770 pesos desde la caja de ahorro y cuenta corriente de la víctima a otra caja de ahorro.


Esta modalidad de defraudación está contemplada en el inciso 16 del artículo 173 del Código Penal, que fue incorporado en el año 2008 y establece penas de un mes a 6 años para quien “defraudare a otro mediante cualquier técnica de manipulación informática que altere el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos”.

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